[1] Ustedes son hijos del Señor su Dios. No se harán cortaduras ni se raparán las cejas por un muerto.
[2] Porque son un pueblo consagrado al Señor tu Dios. El Señor tu Dios te ha elegido para ser su pueblo entre todos los pueblos de la tierra.
[3] No comerás nada abominable.
[4] Estos son los animales que pueden comer: buey, oveja, cabra,
[5] ciervo, gacela, corzo, cabra montés, antílope, búfalo, gamuza.
[6] Pueden comer cualquier animal rumiante que tenga la pezuña dividida en dos,
[7] a excepción del camello, la liebre y el conejo, que rumian pero no tienen la pezuña partida. A estos últimos los considerarán impuros,
[8] así como al cerdo que tiene la pezuña partida pero no rumia; no comerán su carne ni tocarán sus cadáveres.
[9] De los animales que viven en el agua pueden comer los que tienen aletas y escamas,
[10] pero los que no tienen aletas ni escamas no los pueden comer; son impuros para ustedes.
[11] Podrán comer cualquier ave pura:
[12] el águila, el quebrantahuesos, el águila marina,
[13] el buitre, el halcón, el milano en todas sus especies,
[14] todas las especies de cuervo,
[15] el avestruz, la lechuza, la gaviota, y el gavilán en todas sus especies,
[16] el buho, el ibis, el cisne,
[17] el pelícano, la cerceta y el mergo,
[18] la garza, la cigüeña en todas sus especies, la abubilla y el murciélago.
[19] Tendrán también por impuro cualquier clase de insecto alado y no lo comerán.
[20] Comerán toda clase de aves puras.
[21] No comerán ningún animal muerto. Se lo darás al extranjero que reside contigo, para que lo coma, o lo venderás al extranjero que está de paso. Pues tú eres un pueblo consagrado al Señor tu Dios. No cocerás un cabrito en la leche de su madre.
[22] Cada año apartarás el diezmo de lo que hayan producido tus campos.
[23] En presencia del Señor tu Dios, en el lugar que elija para morada de su nombre, comerás el diezmo de tu trigo, de tu vino y de tu aceite, y los primogénitos de tu ganado vacuno u ovino, para que aprendas a honrar siempre al Señor tu Dios.
[24] Si vives demasiado lejos del lugar que haya elegido el Señor tu Dios para morada de su nombre y es largo el camino para llevar allí el diezmo, en ese caso, cuando el Señor tu Dios te haya bendecido,
[25] venderás los diezmos y primogénitos, tomarás el dinero contigo y lo llevarás al lugar que haya elegido el Señor tu Dios.
[26] Allí comprarás con el dinero lo que te parezca bien: vacas, ovejas, vino u otra bebida fermentada, cualquier cosa que te guste. Lo comerás allí en presencia del Señor tu Dios y te alegrarás junto con tu familia.
[27] No te olvides del levita que vive en tus ciudades, pues él no tiene parte ni herencia como tú.
[28] Cada tres años apartarás los diezmos de los productos de ese año y lo depositarás a las puertas de tu ciudad.
[29] Allí vendrá el levita, que no recibió nada en el reparto de la herencia de ustedes, el extranjero, el huérfano y la viuda de tu ciudad, y comerán y se saciarán para que el Señor tu Dios bendiga todo lo que haces.