Según este artículo legal escrito por Enrique Rueda Santillán, *la ley en México otorga al patrón la facultad de determinar la fecha en que un empleado disfrutará sus vacaciones anuales, no al trabajador. **El patrón tiene la obligación de conceder las vacaciones correspondientes* según la antigüedad del empleado y *establecer el período en el que se tomarán. **Estas vacaciones se calculan en días laborables, excluyendo los días de descanso regulares. La legislación mexicana **exige que las vacaciones se otorguen dentro de los seis meses posteriores a la fecha de aniversario del empleo, y **el patrón debe proporcionar un documento que acredite la antigüedad y el período vacacional asignado*.