Séptimo Transitorio Ley Aduanera México

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CUEJ Centro Universitario
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séptimo transitorio las personas que tengan autorización para actuar como dictaminadores aduaneros vigente al primero de abril de 1996 deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 164 en un plazo que no excederá del 31 de diciembre de 1996